Vivir con abuso es doloroso. Para muchos inmigrantes, es aún más difícil si su estatus depende de la persona que los maltrata. La buena noticia es que, bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA), puede solicitar estatus legal sin el conocimiento ni participación del abusador.
Puede calificar si:
- Es (o fue) cónyuge, hijo o padre de un ciudadano o residente legal abusivo.
- Vivió con el abusador en algún momento.
- Tiene buen carácter moral.
- Fue víctima de abuso físico o crueldad extrema (o su hijo lo fue, si aplica como cónyuge).
Si aplica como cónyuge (o excónyuge):
- El matrimonio fue de buena fe, no por motivos migratorios.
- El matrimonio sigue vigente o terminó por divorcio (por abuso), muerte o pérdida de estatus en los últimos 2 años.
- También puede calificar si creyó que el matrimonio era válido, pero fue inválido por bigamia.
Si está fuera de EE. UU., aún puede calificar si:
- El abuso ocurrió en EE. UU., o
- El abusador es empleado del gobierno de EE. UU. o miembro del ejército.
Sabemos que este proceso es difícil y emocional. No tiene que hacerlo solo. Estaremos con usted en cada paso.